jueves, 17 de agosto de 2017

El TC no ampara a Juana Rivas



[NOTA PREVIA: ARTÍCULO DE MARISA RECUERO Y RAMÓN RAMOS PUBLICADO EN “EL MUNDO” EL 17.08.2017. Foto: agencia Efe.] Juana Rivas tendrá que cumplir con la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada y entregar a sus dos hijos, de 11 y tres años, a Francesco Arcuri. El Tribunal Constitucional (TC) decidió, ayer, por segunda vez en 16 días, no amparar a la mujer de Maracena (Granada) en su petición para tumbar la orden judicial que le obliga a devolver a los menores a su padre, condenado en 2009 por un delito de lesiones contra la madre de los niños.
En una providencia dictada por el Alto Tribunal, los magistrados advierten de que el segundo recurso de amparo que presentaron los abogados de Juana el pasado 10 de agosto es «extemporáneo» porque lo hicieron fuera del plazo, «transcurridos en exceso los 30 días hábiles» que fija la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Dicho esto, el Tribunal recuerda que la sentencia que obliga a la madre a entregar a los menores fue dictada hace casi cuatro meses. De hecho, está fechada el pasado 21 de abril y se notificó a los representantes legales de Juana cinco días después, el 26 de abril. La ley a la que hace referencia el Constitucional contempla que los 30 días arrancan desde la fecha en la que se produce la notificación de la resolución.
En este sentido, el Alto Tribunal reprende a los abogados por su actuación procesal en el caso, calificando de «improcedente» la manera en que tramitaron los recursos. Es más, deja claro que ese «modo» de actuar es el que impidió «que esta actividad impugnatoria pueda ser tomada en consideración a los efectos del cómputo del plazo para la interposición del recurso de amparo», concluyen los magistrados.
La Sala de Vacaciones del Tribunal –nombre con el que se conoce al grupo de jueces que están de guardia en periodo estival– recuerda que la primera medida que tomaron los abogados de Rivas contra la sentencia fue presentar un recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo, que lo rechazó tras advertir de que no era la vía judicial correcta para recurrir.
Ante ello, los representantes legales de Juana Rivas presentaron un recurso de queja contra esta resolución. La sorpresa es que antes de que el Supremo lo resolviera, ya habían recurrido en amparo ante el Constitucional. Fue el pasado 31 de julio. De hecho, fue ese motivo por el que este Alto Tribunal no admitió este primer recurso, al considerar que no había «concluido el proceso abierto en la vía judicial».
«El carácter manifiestamente improcedente del modo en que se formuló el recurso extraordinario por infracción procesal y la circunstancia de que voluntariamente se haya desistido del anuncio de la intención de presentar recurso de queja» son los dos motivos alegados por el Constitucional para justificar su inadmisión a trámite del segundo recurso de amparo, «a los efectos del cómputo del plazo para la interposición del recurso».
Juana debió haber entregado a sus hijos el pasado 26 de julio y está desaparecida –con los niños– desde el pasado 25 de julio. El Juzgado de Instrucción número 2 de Granada dictó una orden de busca y captura contra ella por no presentarse en la fecha fijada en el juzgado.
Tras conocer la decisión del Alto Tribunal, la asesora de Juana Rivas, Francisca Granados, anunció que llevará el caso a Estrasburgo y solicitará al Ministerio Fiscal que presente un recurso de súplica ante el Constitucional por ser la única institución judicial que puede hacerlo.
Granados calificó la decisión del TC de «mazazo» y criticó que «todavía» haya jueces «que no se han reciclado». Dicho esto, aseguró no haber hablado en las últimas horas con Juana Rivas.
Por su parte, Almudena Mendoza, la abogada que ha representado a Rivas ante el Constitucional, calificó la decisión de «absolutamente incongruente», criticando que el Alto Tribunal no entró a valorar el fondo de la causa, informa Efe. A juicio del despacho Montero Estévez, al que pertenece la letrada, dicha resolución se contradice con la primera decisión del TC, que entendió que se debía de remitir a la Audiencia de Granada para ver si había transcurrido dicho plazo.
En este sentido, Mendoza recuerda que en la resolución dictada por el Constitucional el pasado 31 de julio este determinó que no estaba agotada la vía judicial, es decir, que «aún no había comenzado el plazo para la interposición del recurso de amparo». «El Tribunal ha declinado entrar en el fondo del asunto y su argumentación no se sostiene».
En cuanto al padre de los niños, su abogado, Adolfo Alonso, no tardó en reaccionar tras conocer la decisión del Tribunal. El letrado se lamentó por el sufrimiento «innecesario» que, advirtió, sufre Arcuri y denunció el «ataque» al Estado de Derecho que supuso el recurso de amparo. Alonso confía en que Juana Rivas aparezca ahora, tras 22 días en paradero desconocido.
Los hechos
2004. Juana Rivas y Francesco Arcuri, de nacionalidad italiana, se conocen en Londres, donde él trabajaba hacía años y ella había ido a aprender inglés.
2006. El primer hijo de la pareja nace en Granada, donde se habían trasladado a vivir.
2009. Arcuri es condenado a tres meses de cárcel por maltratar a Rivas. Le imponen una orden de alejamiento de un año.
2012. La pareja reanuda la relación y se traslada a vivir a la localidad de Carloforte, en Cerdeña, donde él regenta un hotel rural. Dos años después, nace su segundo hijo.
Julio de 2016. Juana Rivas vuelve a Granada con sus hijos para pasar las vacaciones, pero nunca regresa a Italia y denuncia por segunda vez a Arcuri por malos tratos.
Noviembre de 2016. El padre denuncia la sustracción de los dos menores. Un mes después, el Juzgado de Primera Instancia de Granada acuerda la restitución de los hijos a Arcuri.
Abril de 2017. La Audiencia de Granada ratifica la sentencia de la juez de Primera Instancia de noviembre de 2016 por la cual los dos menores, que ya tienen 11 y tres años, deben ser devueltos a su padre en Italia.
26 de julio de 2017. Rivas no se presenta en el punto de encuentro de entrega de los niños. El padre vuelve a denunciar, ahora por retención ilegal.
8 de agosto de 2017. Juana Rivas no se presenta a la vista fijada en la Audiencia de Granada y se dicta una orden de arresto.
10 de agosto de 2017. La Audiencia de Granada reitera que Rivas ha de devolver a sus hijos.
16 de agosto de 2017. El Tribunal Constitucional rechaza la petición de Juana Rivas de paralizar la devolución de sus hijos.

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